Regulaciones fitosanitarias requeridas para la introducción o
exportación de germoplasma
Para introducir al país semillas y/o plantas, se debe solicitar
ante la Dirección de Cuarentena Vegetal (SENASA) la Autorización
Fitosanitaria de Importación (AFIDI) (Anexo 3). En este documento se
detallan los requisitos fitosanitarios que deben cumplir los productos
que se importan. Completado este documento, el mismo se puede enviar a
la División Aduana de INTA Central o directamente al
SENASA. El SENASA otorga un Certificado de
AFIDI el que es
enviado al proveedor del germoplasma solicitado.
El certificado fitosanitario de origen, certificado de origen,
certificado de sanidad (en el caso de mercadería perecedera) deberá
asegurar por escrito lo siguiente: “La mercadería que ingresará al
país, está libre de las siguientes plagas”: (se incluyen las
mencionadas en el AFIDI correspondiente) y se deberá pegar fuera del
bulto o caja con el envío de los materiales.
Para importar germoplasma, el
INASE requiere además un
formulario de solicitud de importación y
exportación de semillas y órganos de propagación vegetal. Este
formulario se encuentra en:
http://www.inase.gov.ar - Solicitudes.
Para exportar germoplasma se necesita obtener información sobre los
requerimientos y documentación del país importador. Obtenida la misma,
se debe solicitar el certificado fitosanitario de exportación emitido
por autoridad competente (el INTA y/o determinados laboratorios).
Obtenido éste, se requiere el certificado fitosanitario de exportación
emitido por inspectores del SENASA y este documento es el que acompaña
a las muestras a exportar. Para exportar germoplasma, el INASE
requiere además el formulario de solicitud de importación y
exportación de semillas, indicado anteriormente.
AFIDI -
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